¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UNA INDEMNIZACIÓN AL SEGURO POR PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD POR LA PANDEMIA?

Puede reclamar el tomador del seguro o el asegurado, bien desarrolle su actividad empresarial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o tenga forma societaria.  Deberá dirigirse a la aseguradora con quien hayan contratado su póliza para resarcirse de los daños que la paralización de la actividad como consecuencia de la pandemia le haya causado, pero siempre que se haya contratado esta cobertura o riesgo y hasta el límite pactado en la propia póliza. 

Para poder reclamar la indemnización por paralización de su actividad será requisito necesario que el asegurado haya pagado la prima a su compañía aseguradora  o esté al corriente en el pago de la misma si es que su pago es aplazado o fraccionado.  Por otro lado, también será necesario que la paralización del negocio no haya obedecido a causas que dependan directamente de la voluntad del asegurado o que le sean imputables al mismo por negligencia o dolo.