¿Por qué debo reclamar a mi seguro por paralización de la actividad por Covid?

Porque cuando contratamos un seguro, cualquier tipo de seguro, pretendemos tratar de resarcirnos de los daños ocasionados por el acaecimiento de algún suceso futuro no deseado y ajeno a nosotros. Si ese hecho se produce y lo tenemos asegurado, lógicamente nos dirigiremos a la compañía de seguros para que nos indemnice, hasta los límites contratados, los daños que hayamos soportado. Por eso, de la misma forma que reclamamos los daños provocados por una fuga de agua, un robo, un incendio, un accidente de coche, etc. parece razonable que reclamemos también, siempre que los tengamos asegurados y en tal caso en los límites pactados, los perjuicios que nos haya podido ocasionar en nuestro negocio la paralización forzosa de la actividad, por causa, en este caso, del Covid-19.

El contrato de seguro es por definición un contrato de carácter aleatorio. Esto quiere decir que no siempre se producen los eventos dañosos, razón por la cual la aseguradora sólo viene obligada a pagar cuando se produce el siniestro o el evento dañoso.  Sin embargo, suceda o no el siniestro, el asegurado siempre ha de cumplir con su obligación de pagar la prima o precio del seguro.  Reclamar cuando la prima está pagada y el evento dañoso se ha producido (por ejemplo, la paralización del negocio o la actividad por pandemia) forma parte así de lo que en Derecho se llama reciprocidad de las prestaciones.

En nuestro ordenamiento jurídico el cumplimiento de cualquier contrato (las pólizas lo son) no puede quedar al arbitrio de una sola de las partes contratantes, de ahí que ante la negativa injustificada de la aseguradora al pago de la indemnización pactada en la póliza, al asegurado le quedará libre la vía del ejercicio de acciones  legales ante los tribunales para tratar de obtener aquello que en derecho le corresponde.

¿SABES QUE PUEDES SER INDEMNIZADO POR TU SEGURO A CAUSA DE HABER PARALIZADO LA ACTIVIDAD POR COVID?