Sentencia de la Audiencia Provincial de Gerona sobre la obligación de la aseguradora de hacerse cargo de la indemnización por paralización de actividad por la pandemia.

El pasado 3 de febrero de 2021, la Audiencia Provincial de Girona dictó una sentencia en la que condenó a una aseguradora a abonar una indemnización de 6.000 euros a una pizzería por la interrupción del negocio provocada por la pandemia

En el supuesto enjuiciado por dicha Audiencia Provincial, el asegurado había contratado una póliza que contemplaba la garantía de paralización de la actividad a razón de un importe de 200 euros por cada día de paralización y hasta un límite máximo de  30 días.  Si bien en dicha póliza no se había contemplado expresamente la cobertura por cese o paralización a consecuencia de una pandemia, el Tribunal entendió que sí que procedía la indemnización.

Indicaba la sentencia que la cuestión a resolver era de naturaleza eminentemente jurídica en tanto consistía en determinar, a la vista del contrato de seguro suscrito en aquel supuesto en concreto, si la paralización de un negocio de restauración, a consecuencia de la legislación estatal dictada por la pandemia del Covid-19, estaba o no cubierta en el mismo.

La sentencia señala que, a pesar de que la póliza no contemplaba expresamente que el cese o paralización de la actividad viniera motivado por la pandemia, la aseguradora no podía plantear esa circunstancia porque estamos ante un contrato de adhesión en el que las cláusulas que limitan las coberturas están impuestas por la aseguradora y por ello deben cumplir unos requisitos específicos de claridad en cuanto a su redacción, y además deben estar expresamente aceptadas por escrito por parte del asegurado. 

En definitiva, la sentencia viene a sumarse a la nueva tendencia marcada por el Tribunal Supremo, que desde hace ya varios años viene insistiendo en la necesaria transparencia en la redacción de las pólizas, tanto en sus condiciones particulares como en las generales.  Algo que no suele ser así.

¿SABES QUE PUEDES SER INDEMNIZADO POR TU SEGURO A CAUSA DE HABER PARALIZADO LA ACTIVIDAD POR COVID?